
Visa Humanitaria
- Admin
- January 15, 2024
- 3:20 pm
- No Comments
- 2 minutes
Compartir
Así se le dice al tipo de visa que atiende por razones humanitarias. Las leyes en México y los Estados Unidos de Norteamérica lo precisan en su manera conforme a las mismas leyes que considera adecuada, por lo que son distintas en los términos, pero ambos coinciden en dos categorías, visa de refugiado, y visa de asilo político. Porque ambas llaman a un sentido de humanidad o apoyo humanitario a las personas que se encuentran en una posición que (inclusive) va más allá de sus posibilidades personales. Por decir, una persona o una familia dada una devastación por tsunami, terremotos, huracanes, extrema sequía, conflictos bélicos, extrema violencia, persecución por razón de origen étnico, entre otras que aunque no lo ocasionaron, pero son receptores de las consecuencias de esos eventos los sitúa en una posición de desventaja, sea financiera, patrimonial, de cuidado familiar, u otra que obstaculiza un trato humanitario de la persona. He ahí su forma de humanidad, que apela al sentido de apoyo humanitario de esas personas que recibieron esas consecuencias.
- MÉXICO. En México, la única ley que trata sobre migración es la Ley de Migración, pero para casos de refugiados y asilo, es la Ley sobre Refugiados, Protección complementaria y Asilo Político (además que existen otras tantas disposiciones en este tema). La Ley de Migración, precisa esta condición como visa de Visitante por razones humanitarias, incluir:
- Ser ofendido, víctima o testigo de algún delito cometido en México;
- Ser ofendido, víctima o testigo de algún delito cometido en territorio nacional; y/o
- Ser solicitante de asilo político, de reconocimiento de la condición de refugiado o de protección complementaria del Estado Mexicano, hasta en tanto no se resuelva su situación migratoria
La ley y sus apartados complementarios precisan los precisos requisitos; así que si consideras que cumples con esta idea general podrías ser una persona candidata a esta visa.
- ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA. En tanto en los Estados Unidos de Norteamérica, en su Immigration and Nationality Act (INA) divide entre refugee (refugiado) y United States Code (sección 8) cubren los requisitos generales para otorgar esta condición porque existen diversas leyes que resultar aplicables casos humanitarios sin precisar una categoría.
Ya sean que tú, personas cercanas a ti o percatado en las noticias estén viviendo un evento que sale de su control, por decir, estar presentes en las inundaciones en Ruanda, el terremoto en Nepal o Turquía/Siria, el ciclon en Malawi, las tormentas en Libia, la violencia en Ecuador, el conflicto bélico en Ucrania-Rusia o Gaza-Israel, los conflictos armados en Etiopia, Yemen, Nigeria, Myanmar, y otros tantos acontecidos no sólo en el año 2023 sino años anteriores podrían ser candidatos a llamar al sentido humanitario de apoyo a otros humanos de asistencia por medio de la visa humanitaria.
En otro momento se precisarán (a detalle) puntos que permitiría encajar en la visa humanitaria según las leyes en México y los Estados Unidos de Norteamérica; no obstante, estamos a sus atenciones para esa orientación, directa, humana y profesional, con usted.
Quedamos a ustedes,
Z & M Migration Consultants